Resumen:
El Tribunal Supremo ha dictaminado que los sábados deben considerarse días inhábiles, junto con domingos y festivos, para la presentación de demandas ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social en procesos de reconocimiento de incapacidad permanente. En su sentencia Nº 1039/2024, la Sala de lo Social unifica doctrina al respecto y rectifica una sentencia anterior del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana que había desestimado una demanda por considerar caducado el plazo de presentación.
El Tribunal Supremo ha dictaminado que los sábados deben considerarse días inhábiles, junto con domingos y festivos, para la presentación de demandas ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social en procesos de reconocimiento de incapacidad permanente. En su sentencia Nº 1039/2024, la Sala de lo Social unifica doctrina al respecto y rectifica una sentencia anterior del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana que había desestimado una demanda por considerar caducado el plazo de presentación.