Resumen:
El Tribunal Supremo ha dictaminado que los sábados deben considerarse días inhábiles, junto con domingos y festivos, para la presentación de demandas ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social en procesos de reconocimiento de incapacidad permanente. En su sentencia Nº 1039/2024, la Sala de lo Social unifica doctrina al respecto y rectifica una sentencia anterior del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana que había desestimado una demanda por considerar caducado el plazo de presentación.