La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha resuelto la confusión sobre la interpretación del «dies a quo» para impugnar una sanción laboral. El término «dies a quo» se refiere al día a partir del cual comienza a contar un plazo legal. El caso en cuestión involucraba una sanción de 60 días de suspensión de empleo y sueldo a un vendedor de El Corte Inglés por una falta muy grave, sin especificar el inicio ni el fin del cumplimiento, lo que generaba dudas sobre el plazo de impugnación.
El Tribunal Supremo, en su sentencia número 3646/2024, estableció que el «dies a quo» es el día en que se comunica la sanción al trabajador, no cuando empieza su cumplimiento. Esta decisión se basó en el artículo 58.2 del Estatuto de los Trabajadores, el artículo 59.2 del mismo texto legal y el artículo 1969 del Código Civil. La Sala estuvo formada por los magistrados Antonio V. Sempere Navarro, Sebastián Moralo Gallego, Concepción Rosario Ureste García e Ignacio Garcia-Perrote Escartín.