El Tribunal Constitucional, en una decisión unánime, ha desestimado la cuestión de inconstitucionalidad planteada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo contra varios preceptos de la Ley 30/2015, que regula el sistema de formación profesional para el empleo en España.

La sentencia, con ponencia del magistrado Juan Carlos Campo Moreno, marca un precedente relevante en la relación entre los sindicatos y el sistema de formación profesional. La disputa giraba en torno a la legalidad de limitar ciertas funciones consultivas y de cooperación exclusivamente a los sindicatos más representativos.

Tras un análisis exhaustivo, el Tribunal Constitucional determinó que esta diferenciación no vulnera los principios de libertad sindical, considerando razonable establecer distinciones basadas en la representatividad en el ámbito de la participación institucional.

El fallo también asegura un equilibrio entre la eficiencia del sistema y la equidad en el acceso a los recursos destinados a la formación.